Regulaciones de las Fintech Alrededor del Mundo

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Sabemos que en México existe un marco jurídico para regular a las Fintech, el cual es la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. En esta nos establece todas las reglas del juego, los derechos, obligaciones, requerimientos, procesos; todo lo que emane de la regulación de las Fintech en México lo encontramos en esta ley. Sin embargo, en otros países no sucede lo mismo.

Es importante resaltar que no en todos los países han optado por regular las Fintech, es por ello que mencionaremos las ciudades más importantes en el mundo de las Fintech, y más adelante hablaremos de ellas y su contexto jurídico.

Las ciudades mejor valoradas en temas de desarrollo en cuanto a su regulación son:
1. Londres, Reino Unido.

2. Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos.

3. Luxemburgo, Luxemburgo. 

4. Ciudad de México, México. 

5. Singapur, Singapur.

En esta nota hablaremos primero de los países que son y que formaron parte de la Unión  Europea, ya que comparten un sistema jurídico en temas de Fintech muy similar. 

Reino Unido

Reino Unido fue de los primeros países en apostar por Instituciones de Tecnología Financiera, es por ello que la industria Fintech en este país está alcanzando niveles de inversión más altos de su historia. Estos cambios han llevado al derecho a evolucionar y poco a poco ir regulando esta creciente industria.
A diferencia de México, en el Reino Unido, existen más de un marco jurídico; sin embargo, para efectos de esta nota hablaremos únicamente de las empresas Fintech que realicen determinadas actividades reguladas que están dentro del perímetro regulativo, por ejemplo:
Actividades relacionadas con el crédito al consumo, banca, asesoramiento en inversiones, distribución de seguros, entre otros. 

Las Fintech deben de ser autorizadas por los siguientes organismos: 

  • La Autoridad Conducta de Financiera ( FCA en sus siglas en inglés)
  • Banco de Inglaterra a través de la Autoridad de Regulación Prudencial (PRA en sus siglas en inglés)

La Ley de Mercados y Servicios Financieros de 2000 (FSMA en sus siglas en inglés) faculta a estas dos autoridades para regular legalmente a las empresas de servicios financieros del Reino Unido.  

La FCA se encarga de proteger a los consumidores; garantizar la integridad del mercado; y promover la competencia efectiva. Es decir que este organismo se centra en el riesgo de conducta. 

El Banco de Inglaterra tiene como objetivo garantizar la solidez financiera de las empresas y busca eliminar o reducir los riesgos que puedan amenazar la estabilidad del mercado. En otras palabras, el Banco de Inglaterra se centra en la solidez moderada de las empresas.

Es importante tener en cuenta que a la hora de tener un Institución de Tecnología Financiera en el Reino Unido, es indispensable contar con todos los requerimientos de autorización, de lo contrario, podría dar lugar a que la FCA y/o la PRA tomen medidas de cumplimiento y las sanciones incluyen multas significativas y, en casos que involucren a personas, posibles prohibiciones de trabajar en la industria.


Por último la Ley de Activos del Crimen de 2002 (POCA en sus siglas en inglés) es la encargada de  penalizar tanto el proceso de lavado de dinero, cómo el hecho de que las empresas legítimas no informen las sospechas de lavado de dinero.

Luxemburgo

Luxemburgo siempre ha considerado la innovación como un motor esencial para el desarrollo de los servicios financieros y del sector financiero en general. En 2014, el Gobierno de Luxemburgo lanzó su iniciativa Luxemburgo Digital, de la tecnología financiera, con el objetivo de llevar las finanzas al siglo XXI. La mentalidad de Luxemburgo, consiste en adoptar y fomentar el cambio, ha contribuido a la creación de un sector Fintech muy exitoso y dinámico dentro del país. Un número creciente de empresas de todo el mundo están abriendo oficinas en Luxemburgo para desarrollar y comercializar su gama de productos en Europa y en todo el mundo.

La legislación de Luxemburgo es algo similar a la del Reino Unidos, las entidades Fintech establecidas que están sujetas a supervisión regulatoria van a depender de su sector, en el caso de Luxemburgo van a depender de su licencia. Entre ellas pueden estar bajo la supervisión de: 

  • La Comisión de Supervisión del Sector Financiero (Commission de Surveillance du Secteur Financier o CSSF por sus siglas en francés ); es una institución pública que supervisa a los profesionales y productos del sector financiero luxemburgués. Esta, ejerce funciones de supervisión prudencial y supervisión del mercado con el fin de garantizar la seguridad y solidez del sector financiero, únicamente en el interés público.
  • Comisión de Seguros (Commissariat aux insurances o CAA en sus siglas en francés); dentro de sus funciones está asegurar la protección de los asegurados y de los beneficiarios. La comisión puede realizar:  Un examen de las solicitudes de aprobación de personas físicas y jurídicas bajo la supervisión de la CAA; Una supervisión prudencial de las mismas personas físicas y jurídicas y supervisión del mercado de productos de seguros; Una vigilancia del cumplimiento de las obligaciones profesionales en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en el sector asegurador;  Asistir a reuniones internacionales y europeas para desarrollar estándares comunes; Preparar proyectos de ley y reglamentos prudenciales relacionados con el sector de seguros y la coordinación de los esfuerzos del Gobierno para garantizar la expansión ordenada de las actividades del sector de seguros.
  • El Banco Central de Luxemburgo (BCL):  tiene competencias con respecto a la seguridad de los sistemas de pago y los instrumentos de pago. Dentro de sus deberes está garantizar la eficiencia y seguridad de los sistemas de pago, así como la seguridad de los instrumentos de pago. Los medios de coordinación y cooperación empleados para el desempeño de estas funciones están sujetos a acuerdos entre el BCL y la CSSF, en cumplimiento de las competencias legales de las partes. Por lo tanto el Banco Central de Luxemburgo está dotado de poder para solicitar a los emisores de instrumentos de pago que proporcionen cualquier información relacionada con los instrumentos de pago que son necesarios para evaluar su seguridad, al igual que realizar visitas domiciliarias para recabar la información necesaria. 
  • La Comisión Nacional para la Protección de Données (CNPD) es la autoridad a cargo de la protección de datos. Esta comisión es una institución pública independiente con personalidad jurídica. Es financiera y administrativamente autónoma. Verifica la legalidad del tratamiento de los datos personales y vela por el respeto de las libertades personales y los derechos fundamentales en materia de protección de datos y privacidad.
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