Los Contratos Inteligentes

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Seguramente has escuchado hablar sobre los contratos inteligentes o su término en inglés “smart contracts”. ¿Pero realmente qué son? ¿cuándo nacen? ¿cómo funcionan? ¿bajo qué marco jurídico en México?

Antecedentes 

Los contratos inteligentes nacen en los años 90; más en concreto nacen en 1995 gracias a Nick Szabo.

Nacen a partir de qué publica un glosario de contratos inteligentes donde por primera vez introduce este concepto. La definición del autor es la siguiente: “los contratos inteligentes son un conjunto de promesas, incluyendo protocolos dentro de los cuales las partes cumplen con las otras promesas. Los protocolos se implementan normalmente con programas en una red informática o en otras formas de electrónica digital, por lo que estos contratos son ‘más inteligentes’ que sus antepasados en papel. El uso de la inteligencia artificial no está implícito.”

A pesar de la creación de estos modelos novedosos la idea no podía ser llevada a la práctica ya que en su momento no se contaba con la tecnología necesaria para soportar el tipo de transacción. En el 2009 la idea se materializó ya qué Satoshi Nakamoto crea el ambiente ideal para soportar los contratos inteligentes; este ambiente se conocería como cadena de bloques. Sin embargo, este nuevo ambiente no soportaba los contratos inteligentes. Fue hasta el año del 2013 que se desarrolla el ecosistema Ethereum por Vitalik Buterin.

Definición 

Los contratos inteligentes son simplemente programas almacenados en una cadena de bloques que se ejecutan cuando se cumplen condiciones predeterminadas. Por lo general, se utilizan para automatizar la ejecución de un acuerdo para que todos los participantes puedan estar seguros de inmediato del resultado, sin la participación de ningún intermediario ni pérdida de tiempo. También pueden automatizar un flujo de trabajo, activando la siguiente acción cuando se cumplen las condiciones.

Una nueva era 

Varios expertos señalan que los contratos inteligentes han llegado para quedarse y solo es cuestión de tiempo para su evolución. Por ejemplo, Según Eric Chen, director ejecutivo y cofundador de Injective Labs, una empresa de investigación y desarrollo enfocada en crear soluciones financieras descentralizadas, señala que los contratos inteligentes son revolucionarios porque alteran de manera efectiva la forma en que los usuarios pueden celebrar y ejecutar un acuerdo. Señala que en cualquier acuerdo entre dos o más partes, hay términos que deben crearse, generalmente un tercero que está facultado para supervisar la legitimidad de dicho acuerdo y confiar en que el acuerdo se ejecutará. Pero, los usuarios son propensos al error humano. La estructuración de los términos puede causar fricción, un tercero a veces puede ser una figura decorativa innecesaria. La confianza no solo puede ser subjetiva, sino también rota. Los contratos inteligentes reemplazan la necesidad de tener un intermediario de confianza cuando se debe realizar una transacción al permitir que el intermediario de confianza tenga lógica codificada y que el código sea la ley, esto elimina cualquier ambigüedad cuando se trata de ejecutar una transacción, ya que el usuario confía en el código para cumplir con los términos y puede acelerar la actividad de la transacción en un grado masivo.

También tenemos a Brian Greenberg, CEO y fundador de la firma de seguros Insurist. Afirma que los contratos inteligentes eliminan la necesidad de intermediarios. Esto simboliza que se puede hacer negocios con cualquier persona en el mundo sin tener que preocuparse por ser estafado o perder dinero en una estafa.

Si bien es cierto que el derecho siempre va pasos atrás de la tecnología, en el caso de la blockchain y en concreto de los contratos inteligentes; en general, no existe un marco jurídico que prohíba o limite el uso de estas nuevas tecnologías. Ciertamente en algunas partes del mundo las cadenas de bloques están reguladas; pero en México y en muchas partes del mundo aún no lo están. Es cuestión de tiempo para qué estos entren el Marco regulatorio, por ahora en los contratos inteligentes deben tener las mismas características que un contrato físico.

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