Ley Fintech: antecedentes y actualidad

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De primer momento, pareciera contra producente que si se buscaba promover al sector Fintech, se haya establecido una Ley que regule a este tipo de servicios. Y, además, genere costos de cumplimiento a los jugadores que deseen prestar este tipo de servicios. Sin embargo, la regulación es necesaria con el fin de maximizar los beneficios que se producen derivados de este modelo de negocios.  

Origen Ley Fintech

Ante el crecimiento que este sector ha registrado durante los últimos años en México, y debido a que constituye un entorno de negocios innovador, su regulación se convirtió en un proceso inminente.

Por esta razón, la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV), la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Banco de México presentaron un borrador de Ley de Tecnología Financiera en 2018.

El 8 de marzo del 2018, en la 81 Convención Bancaria en Acapulco, el entonces presidente de la República EPN, promulgó la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financera. Un día después, el 9 de marzo del 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación. En la exposición de motivos de la iniciativa presentada destacaba:

“La presente iniciativa tiene por objetivo otorgar un espacio regulatorio para que la innovación a través de tecnologías de los servicios financieros se desarrolle y florezca. Lo anterior con la finalidad de poner a México a la vanguardia en el desarrollo de servicios financieros que sean capaces de incrementar el nivel de inclusión financiera en todo el país y mejorar las condiciones de competencia en el sistema financiero mexicano”

La Ley busca que se regule la organización, funcionamiento y operación de este tipo de empresas, para que los usuarios estén protegidos al momento de utilizar los servicios de las Instituciones de Tecnología Financiera. A través de ella, también se intenta prevenir y disminuir el riesgo de lavado de dinero, así como el financiamiento al terrorismo.

La Ley Fintech se centra en regular aquellos servicios que implican una recepción masiva de recursos del público su custodia y administración con la promesa de utilizarlos para realizar las inversiones que el cliente instruya (Instituciones de Fondeo Colectivo) o para que el cliente efectúe pagos y transferencias o los retire con posteridad (Instituciones de Fondo de Pago Electrónico).

Además, obliga a las instituciones de este ramo, a difundir información que permita a los clientes identificar mejor los riesgos a los cuales están expuestos en las operaciones que realizan con ellos.

Recordemos, recordemos, que la ley fintech tiene cinco principales ejes:

  1. Empresas de Financiamiento Colectivo (crowdfunding)
  2. Instituciones de Pagos Electrónicos (wallets digitales)
  3. Activos Virtuales
  4. Interfaces Aplicadas de Programación (APIs) y;
  5. Autorizaciones temporales para las pruebas de innovación (sandbox regulatorio)

Actualidad Ley Fintech

En las últimas semanas hemos sido testigos de nuevas plataformas Fintech que han recibido el aval de la CNBV para operar bajo el marco normativo de la Ley Fintech. 

En enero del 2020 la CNBV había otorgado su autorización a NVIO Pagos para operar bajo la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como Ley Fintech. De esta manera, fue la primera en recibir el aval.  

Actualmente ya son 12 plataformas las que cuentan con autorización para realizar alguna de las actividades previstas en la Ley Fintech. El pasado lunes 7 de junio, se concedió la autorización más reciente a la empresa Coltomoney SA de CV.

De acuerdo con información de Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), hay 22 empresas Fintech que ya cuentan con una autorización condicionada. Es decir, aún requieren atender diversas observaciones y recomendaciones para poder resolver su autorización y hacer su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las plataformas que cuentan con autorización condicionada son:

  • Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFPE): Albo, Mercado Libre (Mercado Pago), Mexpago Transacciones, Pocketgroup Technologies, Tamizi, EPlata México, PTMPrime, Sí Vale Fintech, Programas de Relacionamiento Medá, Efectifintech, UBR Pagos México y Moneypool.
  • Instituciones de Fondeo Colectivo (IFC): Yotepresto, Alfuenta, Communitas Aurum (Prestadero), M2crowd Administradora de Proyectos, Play Business, Ángeles en Ark, Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, Briq Fund, Lendera Crowdfunding y Expansive Realty.

De acuerdo con información proporcionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), algunos de los requisitos por lo que las autorizaciones de estas plataformas se encuentran sujetas a alguna condición son: la constitución de nuevas sociedades subsidiarias y la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio; o la celebración de actos corporativos que conlleven aumentos en su capital social.

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